San Jos‚ de Balcarce, 29 de diciembre de 1982.- VISTO: El Expediente N§ 01192-B/82 iniciado por la Se- ¤ora Claudia Puente de Pernas, y CONSIDERANDO: Lo manifestado por el recurrente a fojas 1, La encuesta socio-econ¢mica realizada por el Or- ganismo competente a fojas 6 y 7, Que de la misma se desprende que el contribuyen- te cuenta con capacidad contributiva, por cuanto el grupo familiar obtiene ingresos adicionales al haber jubilatorio, POR ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Org nica de las Municipalida- des y sus modificatorias, D E C R E T A ------------- ARTICULO 1.- No acceder a lo solicitado por la Se¤ora Claudia Puente ------------ de Pernas en el Expediente N§ 01192-B/82 por las razones invocadas en el exordio del presente.-------------------------------- ARTICULO 2.- El contribuyente deber  oblar la deuda que mantiene con ------------ la Municipalidad, m s los per¡odos fiscales de ejerci- cios vencidos con posterioridad a la fecha de presentaci¢n del escri- to, dentro de los diez (10) d¡as h biles contados a partir del d¡a siguiente de la presente resoluci¢n. En su defecto la deuda quedar  sujeta al r‚gimen dispuesto por la Ordenanza General N§ 178, deven- gando la misma la actualizaci¢n e intereses hasta la fecha del efec- tivo pago de la obligaci¢n tributaria.------------------------------- ARTICULO 3.- C£mplase, comun¡quese, tomen raz¢n a sus efectos las Se- ------------ cretar¡as Municipales, Contadur¡a, Departamento de Re- cursos Municipales y d‚se al Registro Oficial de Decretos.----------- DECRETO N§ 495 --------------